1. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior se deberá reunir los siguientes requisitos de edad:
a. Tener, como mínimo, diecinueve años cumplidos en el año 2012.
b. Tener como mínimo 18 años de edad cumplidos en el año 2012 para quienes acrediten estar en posesión de un título de Técnico relacionado con el ciclo formativo al que se desee acceder o estar en condiciones de obtenerlo antes de la realización de la prueba, en cuyo caso deberá presentarse la documentación acreditativa antes de la celebración de la misma.
2. Además, deberá cumplir alguna de las siguientes condiciones:
a) estar cursando estudios oficiales en centros docentes del Principado de Asturias en el año académico 2011/2012.
b) tener fijado el domicilio de residencia o de trabajo en el Principado de Asturias en la fecha de publicación de la presente Resolución.
3. No podrán participar en estas pruebas quienes en el día de realización de las mismas puedan acceder directamente a un ciclo formativo de formación profesional de grado superior por cumplir alguna de las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título de Bachiller o de alguno de los títulos a que se refiere la disposición adicional tercera, letra b), del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
b) Haber superado la prueba de acceso al ciclo formativo de grado superior para el que quiera matricularse en anteriores convocatorias.
4. Quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años quedarán exentos de realizar la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior, sin necesidad de inscripción en la misma.
5. Según lo dispuesto en el artículo 21.5 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, durante el curso escolar 2011-2012 no se podrá concurrir a la pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior en más de una Comunidad Autónoma. La Comunidad del Principado de Asturias invalidará los resultados obtenidos en su ámbito territorial por los candidatos que incumplan esta condición.
a. Tener, como mínimo, diecinueve años cumplidos en el año 2012.
b. Tener como mínimo 18 años de edad cumplidos en el año 2012 para quienes acrediten estar en posesión de un título de Técnico relacionado con el ciclo formativo al que se desee acceder o estar en condiciones de obtenerlo antes de la realización de la prueba, en cuyo caso deberá presentarse la documentación acreditativa antes de la celebración de la misma.
2. Además, deberá cumplir alguna de las siguientes condiciones:
a) estar cursando estudios oficiales en centros docentes del Principado de Asturias en el año académico 2011/2012.
b) tener fijado el domicilio de residencia o de trabajo en el Principado de Asturias en la fecha de publicación de la presente Resolución.
3. No podrán participar en estas pruebas quienes en el día de realización de las mismas puedan acceder directamente a un ciclo formativo de formación profesional de grado superior por cumplir alguna de las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título de Bachiller o de alguno de los títulos a que se refiere la disposición adicional tercera, letra b), del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
b) Haber superado la prueba de acceso al ciclo formativo de grado superior para el que quiera matricularse en anteriores convocatorias.
4. Quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años quedarán exentos de realizar la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior, sin necesidad de inscripción en la misma.
5. Según lo dispuesto en el artículo 21.5 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, durante el curso escolar 2011-2012 no se podrá concurrir a la pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior en más de una Comunidad Autónoma. La Comunidad del Principado de Asturias invalidará los resultados obtenidos en su ámbito territorial por los candidatos que incumplan esta condición.